Gustavo Pereira
Recientemente en diversos medios de prensa de América Latina apareció una columna de Pamela Cox, vicepresidente del Banco Mundial para América Latina y el Caribe, titulada “América Latina: nivelar las oportunidades y la esperanza” en la que presenta el índice de oportunidades humanas (IOH) elaborado por el Banco Mundial.
La intención de este enorme trabajo es identificar las circunstancias que se encuentran más allá del control de las personas y que deberían ser combatidas para establecer iguales oportunidades de tener una vida digna. Si bien la idea de combatir las circunstancias inmerecidas no es para nada novedosa, el Banco Mundial a través de este índice estaría dando un paso significativo en la aplicabilidad al brindar una importante herramienta para luchar contra la pobreza y la desigualdad. De acuerdo a lo que se desprende del artículo de Cox y del informe del BM del año 2006, Desarrollo y equidad, donde se realiza la fundamentación normativa más acabada de esta propuesta, la principal preocupación de esta igualdad de oportunidades es la de reestablecer un “punto de partida” equitativo para todos, y que una vez que éste se logre los esfuerzos personales y el talento hagan la diferencia. Las intenciones de identificar las circunstancias que inciden en la desigualdad y en la pobreza tales como educación, salud, ingreso, contextos sociales, etc., permitirían delinear mejores y más eficientes políticas públicas, que al garantizar el acceso redundarían en resultados más justos y equitativos. Un aspecto importante que se encuentra presente en las intenciones del BM es realizar no solamente una evaluación individual sino también grupal, ya que en muchos casos la exclusión del acceso a las oportunidades está mediada por la exclusión de colectivos.
El objetivo que late detrás de todos estos esfuerzos es garantizar que una persona pueda llevar adelante su plan vital, que pueda elegir dentro de un conjunto amplio de oportunidades aquello que considera valioso para su vida. Utilizando el marco normativo de A. Sen, puede decirse que para alcanzar tales objetivos el énfasis debería estar en las capacidades que le permiten a alguien lograr los fines que considera valiosos. Entre esas capacidades se encontrarían la capacidad de estar bien nutrido, de estar libre de enfermedades, de tomar parte en la vida de la comunidad o la de elegir y perseguir un cierto plan vital.
Sin embargo, a pesar de lo que se ha señalado, la idea de igualdad de oportunidades que presenta el BM no es lo suficientemente precisa como para asegurar aquello que es necesario para que garantizar una vida digna. La razón más importante para esto es que si bien la igualación de “punto de partida” es importante y contribuye a la equidad, no es suficiente porque a lo largo de la vida de las personas pueden reaparecer circunstancias que no estén bajo su control y que afecten severamente las posibilidades de llevar adelante su plan vital. Para utilizar una metáfora similar a la de Cox, podría decirse que sería el caso de un jugador de fútbol que sufre una lesión durante los primeros minutos del partido y debe jugar lo que resta de esa forma.
Tomemos un ejemplo posible no contemplado por la igualdad de oportunidades del BM. Pensemos en una persona que ha sido igualada en sus oportunidades iniciales. Al cabo de un período de tiempo el sector de la economía en el que se desempeña sufre un fuerte deterioro y como consecuencia de ello se empobrece. Esta es claramente una circunstancia no merecida, es decir, que está fuera de su control. Sus esfuerzos no le permiten salir rápidamente de esa situación porque su oficio o conocimiento laboral ya no es demandado; decide reconvertirse pero el período que eso lleva puede comprometer severamente sus posibilidades de reinsertarse. Algunas de las consecuencias que pueden darse en ese período en el que esta persona busca reinsertarse es que además de la pérdida de ingresos tenga una modificación en sus hábitos y aptitudes laborales. También es probable que registre una pérdida de la autoestima como resultado del abatimiento que produce el sentirse inútil e improductivo; esto también impacta en la armonía y la cohesión en el seno de la familia. Esta pendiente de consecuencias indeseadas que van desde la pérdida de ingresos al menoscabo de las bases de una vida de trabajo organizada son una grave privación que no es adecuadamente capturada por el concepto de igualdad de oportunidades del BM.
Esta limitación justificaría el traslado del foco de las oportunidades a las capacidades, debido a que la dignidad humana se vería expresada con mayor precisión a través de una igualdad de capacidades elementales que a través de una igualdad de oportunidades iniciales. El concepto de capacidades de Sen al identificar todo lo que es necesario para lograr una vida digna y que debe ser asegurado a lo largo de toda la vida de las personas, no solamente reconoce la necesidad de remover aquellas circunstancias que desde el inicio de la vida comprometen una vida de dignidad y libertad, sino también atender situaciones como la de nuestro caso, en la que una persona ve hipotecadas sus posibilidades de realizar un plan vital por circunstancias no contempladas por la igualdad de oportunidades e igualmente no merecidas. Las capacidades se traducen de mejor forma que las oportunidades en libertad real.
Por lo tanto, el garantizar una igualdad de oportunidades como la que pretende el BM es importante, pero insuficiente. Concentrándonos un poco más en la discusión normativa que el BM releva con cierta superficialidad, podría decirse que esta perspectiva de igualdad de oportunidades se encuentra subsumida por los programas igualitarios más destacados y que cuentan con un instrumental analítico-normativo bastante más afinado; esto puede verse en el caso de la justicia rawlsiana, en la igualdad de recursos de Dworkin o en la igualdad de capacidades de Sen.
En conclusión, esta propuesta en su aspecto estrictamente normativo es parte de lo que se considera como la discusión por la base de información; esto es, determinar cuál es el aspecto relevante para las personas que se toma en cuenta para realizar comparaciones interpersonales, es decir, para establecer quién se encuentra mejor y quién peor. Este espacio ha sido disputado por candidatos tales como la libertad negativa, el ingreso, las necesidades básicas o los recursos, entre otros. El criterio de elección de este espacio normativo radica en cuál de estos candidatos es capaz de producir una fundamentación y una aplicabilidad coincidente con lo que consideramos un tratamiento igualitario. Para orientar tal elección, el concepto de dignidad humana se presenta como aquello que debe ser garantizado, y la disputa consiste en cuál programa puede hacerlo de mejor forma. Desde la publicación de la Teoría de la justicia de Rawls en 1971, este ha sido un tema de intensa discusión teórico-normativa. La base de información propuesta por el BM no parece ser un competidor serio ante los pesos pesados de esta disputa, léase las capacidades de Sen, los bienes primarios de Rawls o los recursos de Dworkin.
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